miércoles, 15 de abril de 2009

NOTA A PRESENTARSE HOY EN LA MOVILIZACION AL MINISTERIO DE EDUCACIÓN

Corrientes, 15 de abril de 2009

A la Sra. Ministra de Educación
de la Provincia de Corrientes
Lic. Virginia Almará
S / D

Los abajo firmantes Estudiantes, Docentes, Asistentes Sociales, Trabajadores Sociales y demás adherentes; nos dirigimos a Usted para comunicarle que rechazamos la Resolución Ministerial 347 del 26 de marzo de 2009, y solicitarle, se sirva dejar sin efecto su aplicación en el Instituto Superior de Servicio Social “Remedio de Escalada de San Martín”.

Nuestra petición se fundamenta en que el artículo 1 de dicha resolución dice “Crear la Carrera Trabajo Social en el Instituto Superior de Servicio Social “Remedios de Escalada de San Martín de Corrientes”, desconociendo el Decreto-ley 1241/69 que crea la Escuela de Asistencia Social y el Decreto-ley 3567/81 por la cual se conforma el Instituto Superior de Servicio Social “Remedio de Escalada de San Martín”.

En el artículo 4 de la Resolución que rechazamos, se establece que la carrera está sujeta al Decreto nº 885/06, el cual estipula en su artículo 1 “Crease un sistema de carrera transitorias para el desarrollo local de nivel superior no universitario” y en su artículo 3, “Determínese que las carreras creadas por este sistema tendrán carácter transitorio (a término) por un período, y no podrá exceder de tres promociones”.

El Decreto referido junto con el artículo 5 de la Resolución rechazada, al establecer “Que la carrera funcionará por el término de tres cohortes, a partir del 2009”, atenta contra los 40 años de historia de la carrera de Servicio Social de formación permanente y continúa.

Así también la Resolución 347 no se pronuncia sobre la validez nacional de los títulos expedidos por el Instituto Superior de Servicio Social “Remedio de Escalada de San Martín”.

En la fundamentación debería determinarse que la carrera es de formación social, permanente y continua; y no una carrera técnica-profesional, ni una carrera a término.

Así mismo, resulta necesario se establezca cual será la carga horaria total de esta “nueva carrera”.

Por ello requerimos con carácter urgente y dentro de las 48 horas:

1) La no aplicación de la Resolución 347/09; y
2) que se instrumente para los estudiantes de 1er año del presente Ciclo Lectivo, el plan de estudio anterior, ya que los mismos se inscribieron con el correspondiente al año 2008.

Sin otro particular, la saludamos atte.-

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